- Deducciones de IRPF relativas a la vivienda
- Deducciones familiares
- Nacimiento o adopción de hijos en Canarias
- Gastos de guardería de hijos menores de 3 años
- Discapacidad
- Mayores de 65 años
- Familia numerosa
- Donaciones
- Donaciones con fines ecológicos
- Donaciones para la conservación del patrimonio histórico de Canarias
- Donaciones para la restauración de bienes inmuebles de interés cultural
- Donaciones para la compra o rehabilitación de una vivienda habitual
- Otras deducciones para Canarias
¡Cha, mano! ¿Qué mola más que un sancocho? ¡Las deducciones de la Renta, mi niño! En Canarias te puedes deducir hasta el 15% del alquiler de tu casa, entre otras más cosas.
Deducciones de IRPF relativas a la vivienda
A nivel estatal, los contribuyentes podemos acceder a numerosas deducciones relacionadas con la vivienda: por ejemplo la desgravación por hipoteca, desgravación por alquiler o por reinversión de vivienda habitual. Sin embargo, si resides en Canarias y no has podido aplicarte ninguna de ellas, te interesará saber que la Comunidad de Canarias cuenta con sus propias deducciones autonómicas del IRPF relativas al hogar que te pueden venir bien a la hora de ahorrar en la Declaración de la Renta de este año.
Alquiler de vivienda habitual
En Canarias, los contribuyentes se pueden desgravar el 15 % de las aportaciones económicas que han destinado al alquiler de la vivienda habitual, hasta un importe máximo de 500 €. Para ello, el Gobierno canario establece las siguientes condiciones:
- Una base imponible general que no sea mayor de 20.000 € el año pasado, en caso de tributación individual. Esta cifra aumenta en 10.000 €, si la tributación es conjunta.
- El dinero invertido en el alquiler de la vivienda supera el 10 % de las rentas obtenidas.
- Facilitar el NIF del arrendador, identificar catastralmente la vivienda y justificar el canon arrendaticio anual.
Inversión en vivienda habitual
Los residentes de Canarias pueden deducirse un porcentaje de las aportaciones económicas que han hecho durante la compra o la rehabilitación de su residencia habitual, siempre que cumplan los mismos requisitos que se exigen en la normativa estatal.
- Carácter general: desgravación del 1,75 % para rentas inferiores a los 12.000 € o 1,55 % para rentas de entre 12.000 € y 24.107,20 €.
- Adecuación de la vivienda para personas con discapacidad: deducción del 0,75 % de IRPF. Esta deducción es incompatible con la de carácter general.
Reforma de vivienda
Los contribuyentes se pueden deducir el 10% del dinero destinado a las obras de rehabilitación o a la reforma de una vivienda, siempre y cuando ésta sea de su propiedad y esté localizada en la Comunidad Autónoma de Canarias. La base máxima anual de esta deducción es de 5.000 € y el importe total de las bases para el conjunto de los períodos impositivos es de 15.000 €. Ahora bien, cuando la reforma se deba a la adecuación de la vivienda habitual por discapacidad del propio contribuyente, de su pareja o de un familiar de hasta tercer grado, el porcentaje de la deducción es del 12 %, la base máxima anual de la desgravación es de 7.000 € y el importe total de las bases para el conjunto de los períodos impositivos del sujeto pasivo es de 21.000 €. En cualquiera de estos casos, esta deducción se aplica sobre los pagos que el contribuyente haya hecho mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria. No es posible practicarse esta deducción de IRPF de Canarias relativa a la vivienda en las siguientes circunstancias:
- Las obras realizadas en viviendas donde se desarrolla una actividad económica, plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas.
- Las cantidades destinadas a mobiliario o electrodomésticos.
- Las obras realizadas antes del 15 de septiembre de 2011.
Esta desgravación es incompatible con las deducciones por inversión en vivienda habitual y por reforma de vivienda.
Deducciones familiares
Si vives en Canarias y eres papá o mamá, además de poder acceder a la deducción estatal por hijo, en tu Comunidad Autónoma tienes una amplia oferta de desgravaciones que puedes aplicarte en tu Declaración de la Renta relacionadas con el hecho de tener hijos, cuidar de personas con minusvalía, formar parte de una familia numerosa o ser mayor de 65 años.
Nacimiento o adopción de hijos en Canarias
Los contribuyentes que residen en Canarias se pueden deducir las siguientes cuantías por cada hijo nacido o adoptado a lo largo del año pasado, independientemente de si éste vive con ellos o si está internado en un centro especializado y sigue dependiendo de los padres:
- Primer o segundo hijo: 200 €.
- Tercer hijo: 400 €.
- Cuarto hijo: 600 €
- Quinto hijo o sucesivos: 700 €.
En el caso de que el hijo nacido o adoptado tenga una discapacidad igual o superior al 65%, se suman las siguientes cantidades a los importes citados anteriormente:
- 400 €, cuando se trate del primer o segundo hijo que padezca una discapacidad.
- 800 €, cuando se trate del tercer hijo o siguientes que padezca una discapacidad, siempre que sobrevivan los anteriores discapacitados.
Únicamente se pueden aplicar esta deducción autonómica relativa a la familia aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas inferiores a los 39.000 €. En el caso de tributación conjunta, las rentas no pueden superar los 52.000 €. Cuando ambos padres tengan derecho a la desgravación y hayan tomado la decisión de presentar la Declaración de la Renta por separado, la cuantía de la deducción se reparte a partes iguales.
Gastos de guardería de hijos menores de 3 años
Los padres con hijos menores de 3 años se pueden deducir el 15 % de los gastos de la guardería, hasta un importe límite de 400 € anuales por cada niñ@. Para tener acceso a esta desgravación autonómica, los padres no sólo deben trabajar como mínimo 900 horas fuera de la casa familiar, sino que además su base imponible no puede superar los 39.000 €. Si prefieren la tributación conjunta, la base imponible no puede ser mayor de 52.000 €. Cuando varios contribuyentes se puedan aplicar esta deducción de Canarias en la Renta y hayan decidido presentar su Declaración de manera individual, la cantidad a desgravar se reparte equitativamente entre ellos
Discapacidad
Esta deducción de Canarias relativa a la Renta del año pasado permite que los contribuyentes se desgraven 300 € por cada persona con discapacidad superior al 33 % a su cargo. Ahora bien, sólo pueden aplicarse esta deducción aquellos contribuyentes con rentas que no excedan los 39.000 €, en tributación individual, y los 52.000 €, en tributación conjunta.
Mayores de 65 años
Los contribuyentes mayores de 65 años pueden disfrutar de una deducción en el IRPF de 120 €, siempre y cuando las rentas que haya obtenido durante el año pasado no superen los 39.000 €, en tributación individual, y los 52.000 €, en tributación individual.
Familia numerosa
Por norma general, las familias numerosas de Canarias pueden deducirse 200 €, si son de categoría general, y 400 €, en aquellos casos en los que estén consideradas de categoría especial. Ahora bien, cuando alguno de los padres o de los hijos tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, la deducción es de 500 € y de 1.000 €, respectivamente.
Sólo pueden aplicarse este tipo de deducciones los contribuyentes cuyas rentas no hayan alcanzado los 39.000 €, en el caso de tributación individual, y los 52.000 €, si la tributación es conjunta. Asimismo, es necesario que el contribuyente habite con el resto de miembros que conforman la familia numerosa. Cuando varios contribuyentes tengan acceso a la misma deducción y presenten su Declaración por separado, la cuantía de la desgravación se prorratea a partes iguales en la Renta del año pasado de cada uno de ellos.
Donaciones
Además de las deducciones estatales, la Comunidad de Canarias ofrece a sus contribuyentes la posibilidad de acceder a una amplia oferta de desgravaciones por donaciones. A continuación, te mostramos algunas de las más relevantes:
Donaciones con fines ecológicos
En Canarias, los contribuyentes se pueden deducir el 10 % de las aportaciones económicas hechas a entidades autonómicas de carácter público o sin ánimo de lucro, que tengan por objetivo la defensa y la conservación del medio ambiente. El importe límite de esta desgravación por donaciones es de 150 €.
Donaciones para la conservación del patrimonio histórico de Canarias
Las personas residentes en Canarias se pueden desgravar el 20 % de las donaciones destinadas a la conservación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de esta Comunidad Autónoma, hasta un máximo de 150 €. Para poder acceder a esta deducción, las aportaciones económicas tienen que hacerse a favor de las siguientes entidades:
- Administración e instituciones públicas.
- Iglesia católica o comunidades religiosas que tengan acuerdos de cooperación con España.
- Asociaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la conservación del patrimonio histórico.
En cualquiera de los casos, es necesario que estos bienes estén inscritos en el Registro Canario de Bienes o bien en el Inventario de Bienes Muebles de Patrimonio Histórico de Canarias.
Donaciones para la restauración de bienes inmuebles de interés cultural
Los contribuyentes tienen la posibilidad de deducirse el 10 % del dinero que destinan a la restauración, la rehabilitación o la reparación de bienes de interés cultural. Para ello, es preciso cumplir con unos determinados requisitos:
- Que los bienes estén inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural o hayan sido declarados Bien de Interés Cultural.
- Que las obras de restauración hayan sido autorizadas por el organismo autonómico correspondiente.
Donaciones para la compra o rehabilitación de una vivienda habitual
Aquellos contribuyentes que hayan donado una determinada cantidad de dinero en metálico a un hijo (natural, adoptado o acogido) menor de 35 años para que comprase o rehabilitase su primera vivienda habitual situada en Canarias tendrán derecho a deducirse el 1 % de la donación, hasta un importe límite de 240 €. En el caso de que el destinatario de la donación fuera una persona con un grado de minusvalía superior al 33 %, el importe de la deducción es del 2 % y el límite aumenta hasta los 480 €. Cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65 %, esta desgravación autonómica por donación es del 3 % y el importe máximo de 720 €. Para acceder a esta desgravación, el contribuyente tiene que cumplir con las pautas que esta Comunidad Autónoma establece para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en relación a la donación de dinero en metálico con el fin de comprar o rehabilitar una vivienda.
Otras deducciones para Canarias
Gastos de estudios
Una persona residente en Canarias se puede deducir 1.500 € por cada hijo menor de 25 años, que dependa económicamente de él y esté cursando estudios universitarios o de ciclo formativo fuera de la isla donde está la residencia habitual del contribuyente. El importe de esta ayuda autonómica asciende hasta los 1.600 € para aquellas personas que tengan una base imponible inferior a los 33.007,20 €. No es posible acceder a esta ayuda autonómica en ninguno de los siguientes casos:
- Cuando los estudios no equivalgan a un curso académico completo o al menos a 30 créditos.
- Cuando en la isla donde vive el beneficiario de la ayuda exista oferta educativa pública para cursar los mismos estudios.
- Cuando las rentas del contribuyente hayan superado los 39.000 €, si la tributación es individual, o hayan sido mayores de 52.000 €, en el caso de tributación conjunta.
- Cuando el hijo haya obtenido rentas superiores a los 6.000 €.
Si hay varios contribuyentes con diferente grado de familiaridad con respecto al menor de 25 años, la desgravación le corresponde al contribuyente más próximo. Asimismo, cuando haya diferentes personas que puedan aplicarse esta deducción, el importe se reparte a partes iguales entre todos ellos, si la tributación no es conjunta.
Traslado de residencia de una isla a otra por trabajo
Los contribuyentes que trasladen su residencia habitual de una isla a otra del archipiélago canario por motivos de trabajo durante al menos 4 años tendrán derecho a una deducción de 300 €. Para optar a la deducción, las rentas del contribuyente no pueden superar los 39.000 €, en el caso de tributación individual. Si la tributación es conjunta, la desgravación no sólo se aplica por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia, sino que además el importe de las rentas no puede exceder los 52.000 €.
Contribuyentes en paro
Los contribuyentes que reciben subsidios por desempleo se pueden deducir 100 €, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- Residencia habitual en las Islas Canarias
- Situación legal de desempleo durante más de 6 meses.
- Suma de los rendimientos del trabajo superiores a los 11.200 € anuales o, en su defecto, iguales o superiores a los 22.000 € anuales, tanto en tributación individual como conjunta.
Suma de la base imponible general y del ahorro inferior a los 1.600 €, excluyendo la parte correspondiente a los rendimientos del trabajo.