Dar de alta o de baja a un trabajador fuera del plazo reglamentario para hacerlo, se considera una infracción grave de acuerdo con la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden social (LISOS) y puede acarrear importantes sanciones. 

Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha iniciado una campaña orientada a sancionar supuestos de altas en la Seguridad Social comunicadas fuera del plazo reglamentario. Esta infracción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), está calificada como grave pudiendo ser la sanción económica desde 3.126 euros hasta 10.000 euros por empleado.

Según informa la ITSS, estas inspecciones se irán repitiendo periódicamente con todas las nuevas altas que se comuniquen fuera de los plazos establecidos reglamentariamente o, autorizados por la TGSS.

¿Qué se considera alta fuera de plazo?

Cuando contratas un trabajador debes darlo de alta en la Seguridad Social previamente a la prestación del servicio, incluso aunque esté en periodo de prueba, no se le puede dar de alta el mismo día.

El alta se tramita telemáticamente a través del Sistema RED, de esta forma queda constancia de la hora en la que se ha realizado el trámite por lo que es muy importante que el alta se realice antes de que el trabajador empiece a trabajar ya que de no hacerlo, la infracción se comete desde el primer minuto que el trabajador inicia la prestación de servicios.

Las altas sensibles de inspección son aquellas comunicadas a través del Sistema RED, de trabajadores incluidos en el Régimen General o en el Sistema Especial Agrario para trabajadores por cuenta ajena, con fecha igual o posterior a 1 de enero de 2019 y cuyo retraso en la comunicación no ha sido causado por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Multa por dar de alta un trabajador fuera de plazo

La cuantía de las sanciones estará comprendida entre los 3.126 euros y los 10.000 euros por movimiento fuera de plazo de acuerdo al grado de sanción que la inspección determine.

Baja de empleados fuera de plazo

Igualmente se realizarán las mismas inspecciones para comprobar las bajas tramitadas fuera del plazo reglamentario, el plazo máximo para tramitar la baja de un empleado en seguridad social es de 3 días naturales desde la fecha de efectos de la baja.

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Escrito por Acompany

El equipo de asesores y abogados de Acompany redacta estos artículos :-)