Requisitos para crear una empresa capitalizando el paro

  • Destinar el importe de la capitalización del paro a realizar una aportación al capital social de una Sociedad Mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.
  • Poseer el control efectivo de la Sociedad Mercantil.
  • Ejercer en la Sociedad una actividad profesional encuadrado en el RETA.
  • No se puede haber mantenido un vínculo laboral previo a la situación legal de desempleo con dicha Sociedad u otras pertenecientes al mismo grupo empresarial.
  • Ser beneficiario del paro en al menos tres mensualidades y si es por cese de actividad seis mensualidades.
  • No haber capitalizado el paro en los cuatro años anteriores.

Modalidades de capitalización

  • Aportación al capital social: Se puede solicitar la capitalización del paro en un pago único con el límite del 100% para hacer una aportación al capital social de la Sociedad. No se podrá volver a percibir el paro hasta que no transcurra el mismo tiempo que se capitalizo el paro, ni solicitar una nueva capitalización mientras no transcurran, al menos, cuatro años.
  • Cuotas de la Seguridad Social: Se puede solicitar el pago mensual de cuotas a la Seguridad Social. No se podrá acceder con posterioridad a la capitalización en pago único de la prestación pendiente de percibir.
  • Capitalización Mixta: Si se capitaliza el paro y se hace una aportación al capital social, pero no se agota la totalidad del importe al que se tiene derecho, se puede solicitar simultáneamente el pago mensual de las cuotas de Seguridad Social mientras se realiza la actividad.

Cómo solicitarla

El plazo para solicitar la capitalización del paro debe hacerse tras solicitar la prestación por desempleo y antes de iniciar la actividad como autónomo.

En el momento de presentar la solicitud de capitalización del paro deben aportarse una serie de documentos, y una vez iniciada la nueva actividad, la documentación que lo acredite ante la Entidad Gestora. En la solicitud se debe incluir los siguientes documentos:

  • Plan Financiero: Memoria explicativa sobre el proyecto de inversión que se va a realizar y actividad a desarrollar (no es necesario presentar información económica sobre  la inversión, si sólo se solicita la capitalización del paro para subvencionar las cuotas a la Seguridad Social).
  • Facturación: Si se solicita el pago único se deben aportar facturas proformas o presupuestos y en el plazo de un mes se deberán enviar las facturas originales.
  • Cualquier otra documentación que acredite la viabilidad del proyecto.

¿Autónomo/a? Consulta “Capitalizar el paro para ser autónomo”.

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Escrito por Acompany

El equipo de asesores y abogados de Acompany redacta estos artículos :-)