Aunque los datos en el encabezado de una nómina son datos fáciles y entendibles, esto es lo que contiene una nómina:
- El número de la afiliación de la empresa y del trabajador/a a la Seguridad Social. Las empresas están obligadas a solicitar la afiliación a la SS de los trabajadores que no estuvieran dados de alta previamente o comunicar el alta o la baja.
- Grupo de cotización. Esto identifica la categoría profesional del trabajador/a para la que existe una base mínima y máxima de cotización para cada grupo fijado por la Seguridad Social. Se pueden consultar los grupos aquí.
- Finalmente, en el encabezado también consta la antigüedad, la fecha de alta en la empresa. Esta fecha se mantendrá y respetará siempre, aunque se hagan renovaciones de contrato, se conviertan a indefinidos o te pasen de contrato de prácticas a contrato de tres meses y luego indefinido. Se respetará siempre que sea de forma ininterrumpida.
Diferencia entre salario y retribución neta
El apartado de percepciones contiene todas las cantidades que el trabajador cobra en bruto. Estos son los conceptos:
- Percepciones Salariales: Incluyen el salario base y los complementos salariales. Todas cotizan a la Seguridad Social.
- Salario base: No lo establece la empresa, sino que cada categoría profesional tiene fijado uno en el convenio colectivo que se aplica en cada empresa.
- Complementos salariales por convenio: Vienen establecidos en convenio colectivo y son de obligado cumplimiento. Son los siguientes:
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- Complementos personales: se derivan de las condiciones del trabajador, plus antigüedad, idiomas, titulaciones y todos aquellos que entre las partes pacten o voluntariamente quiera retribuir la empresa.
- Por el puesto de trabajo: son aquellos pluses que tienen algunos puestos de trabajo por peligrosidad, por puesto en trabajo nocturno, tóxicos…estos normalmente los establecen los convenios.
- Por calidad/cantidad de trabajo: aquí se incluyen los incentivos por rendimiento o por objetivos conseguidos, horas extras, festivos.. etc.
- Vencimiento periódico superior al mes: aquí entraríamos a hablar por ejemplo de las pagas extras y posibles beneficios anuales de la empresa.
- Complementos en especie: todas las percepciones que el trabajador reciba en bienes distintos del dinero como por ejemplo vehículo, manutención, hogar.. etc.
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- Complementos salariales voluntarios: Estos son voluntarios por la empresa y se trata de las percepciones de carácter asistencial y acción social de la empresa. Estos no forman parte del salario pero sí cotizan a la Seguridad Social (ayuda por hijos, créditos, ayuda para comprar viviendas, permisos para casarte…).
- Complementos salariales por convenio: Vienen establecidos en convenio colectivo y son de obligado cumplimiento. Son los siguientes:
- Percepciones no salariales: Son aquellas remuneraciones que percibes y que a pesar de que anteriormente no cotizaban a la Seguridad Social, ahora sí lo hacen -aunque con pequeñas excepciones-. En este apartado se incluyen las dietas, viajes, los gastos de transporte, los pluses de distancia y las indemnizaciones por traslado a otro centro de trabajo.
Retenciones
De lo que retiene Hacienda y la Seguridad Social siempre hay una parte del salario de la nómina que hay que descontar sí o sí, y son las aportaciones a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF a Hacienda.
Retención de Hacienda/ IRPF
cada persona paga un porcentaje del total de sus ingresos (salariales y no salariales) dirigido a pagar el Impuesto sobre la Renta.
Se calcula en función de las retenciones del IRPF según rendimiento bruto anual y teniendo en cuenta la situación familiar y personal del trabajador/a.
Si no pagaste lo que te correspondía, te lo devolverán o deberás pagarlo en la Declaración de la Renta.
Retención de la Seguridad Social
Son las retenciones que se aplican al trabajador/a y que van dirigidas a pagar la Seguridad Social por tres conceptos: desempleo, enfermedad (contingencias comunes) y formación profesional.
En contingencias comunes se aplica un 4,70%, en desempleo un 1,55% indefinidos, un 1,60% en temporales y a formación profesional 0,10%.