El Impuesto de Sociedades es tan común y tiene tanto peso para las empresas como el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Qué es el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto de Sociedades es un gravamen que deben pagar todas las empresas y demás entidades jurídicas en función de sus resultados contables y la obtención de sus rentas. Es un tributo de carácter directo que se aplica a todas las empresas del territorio español.

Está recogido en la Ley 43/1995 de 27 de diciembre del Impuesto de Sociedades.

¿Quién debe presentar el IS?

Están obligadas a hacer la Declaración del Impuesto de Sociedades todas las empresas y entidades jurídicas que residan, se hayan constituido o tengan su dirección efectiva en España, incluyendo Canarias, Ceuta, Melilla y el País Vasco (con las especificidades de su derecho foral).

Así pues, deben presentarlo cualquier entidad que tenga personalidad jurídica propia como son:

  • Sociedades mercantiles (anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, unipersonales, laborales, etc.)
  • Sociedades de las administraciones (estatales, autonómicas, provinciales y locales),
  • Entes públicos (administraciones del estado, administración de las comunidades autónomas, corporaciones locales, organismos autónomos, etc.)
  • Entidades como las Sociedades Agrarias, Agrupaciones de Interés Económico, Cooperativas, Asociaciones, Fundaciones y todo tipo de Instituciones públicas y privadas.

Además, hay entidades que no tienen personalidad jurídica propia pero que tienen obligación de declarar el impuesto sobre sociedades:

  • Uniones temporales de empresas
  • Comunidades titulares de montes vecinales en mano común
  • La mayoría de fondos:
    • Fondos de inversión mobiliaria e inmobiliaria.
    • Fondos de inversión en activos del mercado monetario.
    • Fondos de capital riesgo.
    • Fondos de pensiones.
    • Fondos de regulación del mercado hipotecario y de titulización hipotecaria.
    • Fondos de titulización de activos.
    • Fondos de garantía de inversiones y activos bancarios.

Hay algunas entidades parcialmente exentas cuando por ejemplo tienen ingresos totales de menos de 75.000€ anuales o ingresos de rentas no exentas con retención de menos de 2.000€ anuales.

Las sociedades inactivas

Es frecuente que cuando una empresa no tiene beneficios los socios la den de baja, lo que hace que pase a ser una sociedad inactiva. Pero no importa el hecho de que una empresa haya desarrollado o no actividades, o haya obtenido o no rentas, porque  igualmente tiene la obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades mediante el Modelo 200.

Asociaciones

Las empresas y entidades jurídicas están obligadas a cumplir con una serie de obligaciones tributarias. Las asociaciones, como entidades jurídicas, también tienen que presentar el impuesto sobre sociedades. Aunque las asociaciones no tienen un objetivo lucrativo, también tienen obligaciones tributarias y jurídicas.

Algunas asociaciones están exentas, o su porcentaje de gravamen suele ser mucho más reducido del que tienen que pagar las empresas, si se considera que tienen una utilidad pública.

Plazos de presentación

El plazo para presentar el Impuesto sobre Sociedades se tiene que hacer durante los 25 días naturales posteriores a los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal que puede variar en cada empresa.

Todas las empresas que cierran su ejercicio fiscal a 31 de diciembre tienen del 1 al 25 de julio para presentar su Declaración, fecha que puede ampliarse en caso de que el día 25 caiga en sábado o domingo.

Puede que, aunque el ejercicio de la empresa no haya finalizado, el periodo impositivo sí, por lo que también tendrán que presentar el Impuesto de Sociedades dentro del plazo establecido:

  • Empresas extinguidas y canceladas en el Registro Mercantil.
  • Empresas españolas que cambien su residencia al extranjero.
  • Empresas que cambien su régimen jurídico y ya no estén obligadas a presentar el impuesto sobre sociedades.

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Escrito por Acompany

El equipo de asesores y abogados de Acompany redacta estos artículos :-)