Para poder desarrollar operaciones dentro de la Unión Europea, deberás poseer el NIF-IVA y darte de alta en el registro de operadores intracomunitarios.
Toda operación de compraventa entre empresas y profesionales de diferentes Estados que formen parte de la Unión Europea se considera una operación intracomunitaria. Dichas compras y ventas están sometidas a un sistema especial de tributación del IVA. Para poder acogerte a las ventajas de tributar por dicho régimen, deberás darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Alta en el ROI
Deberán darse de alta en el ROI aquellos empresarios o profesionales que realicen actividades intracomunitarias sujetas al pago de IVA, o sean destinatarios de servicios prestados por empresas de otros países de la UE.
De este modo, si estás pensando en operar de manera intracomunitaria, es necesario que se lo comuniques a tu asesor para poder hacer los trámites oportunos. Es importante que tengas en cuenta que la obtención del ROI está cada vez más sujeta a inspecciones por parte del fisco, por lo que es preciso que cuentes con un buen asesor que, en el caso de que Hacienda te requiera para comprobar que cumples los requisitos, pueda defender tus intereses.
Por otra parte, las obligaciones fiscales se verán incrementadas, por lo que tu asesor también tendrá que presentar el Modelo 349 de Declaraciones recapitulativas de operaciones intracomunitarias de manera mensual, trimestral o anual, según corresponda.
Disponer del ROI en regla en este tipo de operaciones es muy relevante, ya que como empresario y/o profesional te permitirá expedir y recibir facturas sin IVA en el ámbito intracomunitario, lo que se traduce además en una ventaja competitiva a nivel comercial.
Una vez aceptada tu solicitud para darte de alta en el ROI, aparecerás en el VIES. A continuación explicaremos en qué consiste este censo.
Censo VIES
El VIES se trata de un registro de los operadores intracomunitarios disponible para consulta en la Sede Electrónica de la AEAT (apartado de “Información y registro”).
En el momento en el que se emita una factura entre países de la UE, se deberá consultar esta base de datos para comprobar que el destinatario figure o no en él, y, por tanto, saber si está inscrito en el ROI.
Dicha comprobación condicionará que la factura lleve o no IVA, ya que, si no figura en el censo, se tendrá que emitir como si la operación fuera destinada a un particular.
En definitiva, para poder aprovechar de una manera óptima las ventajas de operar con la Unión Europea, es relevante que cuentes con un buen asesoramiento, ya que conseguir aparecer en el ROI se puede llegar a complicar bastante.